¿Cuándo será el sorteo de las mesas electorales para las elecciones generales de España del 23 de julio?

¿Cuándo será el sorteo de las mesas electorales para las elecciones generales de España del 23 de julio?

(CNN Español) — Lo primero en lo que piensan muchas personas cuando se convoca a elecciones en España es en la posibilidad de resultar elegidos miembros de una mesa electoral, en ser designados presidente o uno de los vocales dos que componen cada unidad responsable de ordenar la votación y realizar el escrutinio posterior.

Cada uno de estos cargos es designado por los consejos en un sorteo público entre todas las personas que componen la lista de electores de cada mesa. La Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General señala que este sorto debe tener lugar “entre los días vigésimo quinto y vigésimo noveno posteriores a la convocatoria”, lo que coincidiría con el período que va del 24 al 28 de junio. No obstante, según confirmen desde el Congreso de los Diputados a CNN, los auntamientos que lo deseen podrán adelantar las fechas del sorteo dos días, eso es, empezar el jueves 22 de junio y finalizar, como máximo, el lunes 26 de junio.

Entre los sorteados se incluyen a todas aquellas personas que sepan leer y escribir y que sean menores de 70 años. Sin embargo, los mayores de 65 años y aquellos con discapacidad que resulten seleccionados quedarán exentos de esta responsabilidad si así lo desean y lo manifiestan ante la Junta Electoral de su zona en un plazo máximo de siete días.

Según marca la ley, los elegidos deberán ser notificados en un plazo máximo de tres días una vez realizado el sorteo.

¿Cuántos presidentes y vocales se eligen?

En las elecciones municipales del 28 de mayo y las elecciones generales celebradas el 10 de noviembre de 2019, entre 535.000 y 545.000 personas fueron designadas integrantes de una mesa electoral.

En las elecciones de mayo, unas 180.000 fueron llamadas como titulares, mientras que un poco más de 360.000 fueron elegidas suplentes debido a que por cada miembro titular se seleccionaron 2 posibles relevos.

¿Qué hacer si me eligen vocal o presidente y no puedo desempeñar el puesto?

Es probable que algunos de los elegidos para ser miembro de una mesa electoral no puedan esperar el compromiso debido a situaciones personales, familiares o profesionales. En este caso, el Ley Orgánica del Régimen Electoral General ofrece un plazo de siete días para alegar ante la Junta Electoral de Zona las causas que les impida aceptar la carga. Este plazo empieza a correr una vez han sido notificados.

Esta petición será resuelta «sin ulterior recurso» en un plazo de cinco días.

Ya que estos comicios coinciden con plena campaña estival, algunas personas se preguntan si irse de viaje puede contar como excusa para eludir esta responsabilidad. En ese sentido, la Junta Electoral Central (JEC) mostrará abierta a estudiar cada caso si puede demostrar que el desplazamiento se ha contratado antes de que convocadas las elecciones y si la cancelación del viaje ocasiona «un perjuicio económico o un trastorno grave al abogado».

Porque prospere este argumento, la JEC insta a los interesados ​​​​a «acreditar documentalmente la debida antelación del contrato, así como el perjuicio económico o trastorno grave» que provocará su anulación.

Delitos por eludir la responsabilidad en una mesa electoral

En caso de ser designados presidente o vocal de una mesa electoral e incumplir nuestra obligación sin causa justificada, la legislación española fijará penas de prisión de 3 meses a un año o una multa de 6 a 24 meses.

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