La aprobación en 2025 de un reglamento sobre pasaportes diplomáticos y oficiales por parte de la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional ha generado un amplio debate acerca de los privilegios que acompañan a los cargos públicos en Honduras. La normativa dispuso que los expresidentes de los poderes del Estado y las exautoridades de Cancillería mantengan pasaportes diplomáticos de por vida, una prerrogativa que igualmente se extiende a sus respectivos cónyuges.
La disposición fue aprobada mediante el Acuerdo No. 001-SG-2025, firmado el 6 de mayo de 2025 por el entonces canciller Eduardo Enrique Reina García y publicado posteriormente en el diario oficial La Gaceta el 14 de junio de 2025. El documento establece las reglas para la emisión y uso de pasaportes diplomáticos y oficiales, instrumentos destinados a facilitar la movilidad internacional de funcionarios en misiones del Estado.
El tema ha cobrado relevancia nuevamente tras un comunicado reciente de la Cancillería que solicita a exfuncionarios la devolución de estos documentos, situación que ha puesto en el centro del debate el alcance de las excepciones incluidas en la normativa.
Extensión del beneficio dirigido a exautoridades
El reglamento describe el pasaporte diplomático como un documento que la Cancillería expide a funcionarios encargados de misiones oficiales en el exterior, con la finalidad de agilizar su desplazamiento internacional y posibilitar la obtención de cortesías diplomáticas por parte de otros Estados.
Sin embargo, el Artículo 13 del reglamento incorpora una cláusula específica al señalar que:
A los Expresidentes de los Poderes del Estado y sus cónyuges, así como a los Exsecretarios y Exsubsecretarios de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional y a sus cónyuges, se les otorga de por vida el derecho a portar pasaporte diplomático.
En términos administrativos, esta cláusula implica que determinados exfuncionarios pueden conservar el documento incluso después de dejar el cargo, sin que exista una obligación posterior de devolución.
Entre las figuras que podrían beneficiarse de esta disposición se mencionan la expresidenta Xiomara Castro, el expresidente del Congreso Nacional Luis Redondo y la presidenta de la Corte Suprema de Justicia Rebeca Ráquel Obando.
El beneficio también alcanza a exautoridades de la Cancillería, entre ellas el propio Enrique Reina, así como los exvicecancilleres Gerardo Torres, Cindy Larissa Rodríguez y Zulmit Solemit Rivera Zúniga. Según la normativa, la extensión del privilegio incluye además a sus cónyuges, ampliando el alcance del beneficio más allá de quienes ejercieron directamente el cargo público.
La aprobación de esta disposición se produjo semanas antes de que Reina presentara su renuncia al cargo el 27 de mayo de 2025, cuando anunció su participación en el proceso electoral como candidato a designado presidencial en la fórmula encabezada por Rixi Moncada, representante del partido LIBRE.
Rol diplomático y aplicación institucional del documento
El reglamento publicado en La Gaceta señala que el pasaporte diplomático se emite para facilitar la labor de representación del Estado en el extranjero y para solicitar a autoridades de otros países cooperación y protección durante misiones oficiales.
Aunque disponer de este documento no garantiza por sí mismo la concesión de inmunidad diplomática, su empleo suele vincularse de forma habitual a tareas vinculadas a la representación oficial del Estado o a encargos particulares aprobados por el gobierno.
De acuerdo con especialistas en relaciones internacionales citados en diversas ocasiones por RCV, en varios países la práctica administrativa establece que los pasaportes diplomáticos se retiran una vez finalizado el cargo, con el objetivo de evitar que el documento se utilice para fines personales o fuera del ámbito de las funciones oficiales.
Por consiguiente, al incorporarse una cláusula con vigencia vitalicia, se genera una forma distinta de administrar el documento dentro del aparato estatal hondureño.
Solicitud de devolución y tensiones administrativas
La controversia acerca de la normativa cobró fuerza después de un comunicado emitido por la actual titular de Cancillería, Mireya de Agüero, donde se pide a los exfuncionarios del gobierno previo que restituyan los pasaportes diplomáticos y oficiales que recibieron en esa gestión.
La Secretaría de Relaciones Exteriores estableció como fecha límite el 31 de marzo para entregar dichos documentos ante la Unidad de Pasaportes, invocando el mismo reglamento aprobado en 2025.
Sin embargo, la normativa incluye excepciones claras: los exfuncionarios que poseen el privilegio de pasaporte diplomático vitalicio quedan exentos de efectuar la devolución. Esta circunstancia ha originado cierta tensión administrativa, pues mientras se impulsa la recuperación general de los documentos, un conjunto particular de ex autoridades mantiene ese beneficio de forma indefinida.
La coincidencia temporal entre la aprobación del reglamento y la posterior salida del canciller para integrarse a la contienda electoral también ha sido señalada en el debate público. El acuerdo fue firmado el 6 de mayo de 2025, menos de tres semanas antes de la renuncia oficial del funcionario para incorporarse a la campaña política vinculada al partido LIBRE.
Diversos analistas han interpretado este episodio como parte de una discusión más amplia sobre la relación entre cargos públicos y privilegios administrativos. El hecho de que el beneficio sea vitalicio es decir, que permanezca vigente aun cuando el funcionario deje de ejercer responsabilidades estatales introduce preguntas sobre los límites de este tipo de disposiciones dentro de la gestión pública.
En un escenario nacional donde predominan los debates sobre institucionalidad, transparencia administrativa y uso de recursos públicos, la normativa de 2025 ha impulsado un análisis renovado acerca del rol que cumplen los instrumentos diplomáticos y su vínculo con el ejercicio temporal de las funciones estatales. Este asunto además ha reavivado la discusión respecto de si los beneficios asociados a cargos públicos deberían preservarse tras la finalización del mandato o circunscribirse exclusivamente al periodo en que se asumen responsabilidades oficiales dentro de la estructura gubernamental.